Compatibilizar Títulos con las FFAA(Armada)

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Miguel Lopez
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Compatibilizar Títulos con las FFAA(Armada)

Mensaje por Miguel Lopez »

Buenas Tardes:
Me llamo Miguel y soy nuevo en el foro y aunque e indagado algo por el mismo no he encontrado nada parecido al caso que quiero preguntaros, por si algunos de ustedes pueden ayudarme, y e aquí que os explico mi caso:
Fui Militar durante 10 años, concretamente en la Armada Española, pasando desde marinero hasta cabo 1. Mi especialidad durante todo este tiempo fue la de Maniobra y Navegación, y he estado embarcado durante todos estos años excepto cuando tenía que hacer los cursos de ascenso, principalmente en el B.E."Juan Sebastian Elcano", aunque también en otros como un buque oceanográfico, en un cazaminas, y en BAA "Galicia".
Ahora llevo mas de 1 año y medio en el paro buscando trabajo, como la mayor parte de los españoles y desde que estoy en él siempre me ha tirado la Mar, y mi deseo ha sido la de entrar a trabajar en La Marina Mercante, mas con la titulación que poseo, no se que seria necesareo o como lo tengo que hacer o que compatibilidad hay o que es lo que necesito para poder embarcarme en un barco de la MM.

Tras haber superado todos los cursos con éxito el Título que me han concedido es el de "Título de Técnico Militar en Maniobra y Navegación". Y en el Diploma pone también "Dicho Título es equivalente a efectos académicos al de Pesca y Transporte Marítimo".
También poseo el PER.

Llevo hechando curriculums en varias empresas, pero no se muy bién si estos títulos equivalen a algo, o a nada,pues no he recibido nunca ninguna contestación y desearía saber lo que debo hacer o necesitaría para poder embarcar. En el Ejército no poseemos tarjeta de embarque, aunque si tenemos lo que llaman "dias de mar" que es el tiempo embarcado en cada unida. Pues es una de las cosas que he visto que es necesareo.

Si algunos de los presentes me podría informar sobre como lo debería de hacer, pues la administración de MM de Cádiz cuando he ido a preguntar me ha dicho que ignoraban el tema, se lo agradecería.

Atentamente: Un hombre del Mar, Peregrino del Mundo.

Miguel
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Re: Compatibilizar Títulos con las FFAA(Armada)

Mensaje por JMRC »

Hola Miguel, buenos días. Yo también soy nuevo en este foro, pero creo que puedo ayudarte un poco.
El título que te direon es a afectos académicos, para trabajar necesitas un título profesional: Título académico + días de embarque = Título Profesional.
Hay un B.O.E., no recuerdo cual es, tengo que buscarlo, en el que venían las convalidaciones que estaban claras hasta ahora, esto es, las de Oficial de la Armada con Oficial de la Marina Mercante (entendiéndose por tal el que realizó los estudios universitarios de Naútica y Transporte Marítimo o Navegación Marítima) y los títulos de marinería con patrón local, patrón portuario y patrón costero polivalente. El problema estaba con los títulos de FP Superior (Patrón de altura y Capitán de pesca) que como ahora pueden embarcar en buques mercantes como oficiales de Guardia (OOW según el STCW) los propios náutico-pesqueros no quieren ser convalidados con Sargento (Suboficiales vamos).
En tu caso te tendrían que convalidar con patrón costero Polivalente o Patrón Portuario, o por lo menos con los módulos correspondientes. Lo que sí, es directo con marinero de puente de la marina mercante, con eso al menos ya puedes embarcar como subalterno de cubierta en cualquier buque civil (no solo mercante). Tienes que dirigirte a la Capitanóa marítima más cercana o entrar en la página web de la DGMM (Dirección General de la Marina Mercante).
Espero haberte ayudado un poco. Seguiremos hablando.
Un saludo José Manuel
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Miguel Lopez
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Re: Compatibilizar Títulos con las FFAA(Armada)

Mensaje por Miguel Lopez »

Muchas gracias Jose Manuel:
Regresaré otras vez a sus oficinas haber si no me vuelven a marear la perdiz. No se si es que no saben o nop quieren moverse.. Buscaré el BOD y la documentación que me dices y con eso se los haré llegar.
Lo importante es que aucomo me dices, con esto ya puedo embarcar, mientras la burocracia sigue su ritmo.
Muchas Gracias y saludos. Atentamente
Miguel
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Re: Compatibilizar Títulos con las FFAA(Armada)

Mensaje por XIMO LLORET I RIVES »

Miguel :
¡ No quiren moverse !...es que ,¿sabustez?.... :p2: , no tenemos n.p.i y tampoco queremos complicarnos la vida.... :p6: :p6: :p6: :p6: :p6:
Quien quiera comer pescao...¡que se moje el culo! ( Dicho popular)
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Re: Compatibilizar Títulos con las FFAA(Armada)

Mensaje por toniguti »

Me parece Miguel que a lo mejor no sigues la senda correcta. Yo en tu lugar iria primero a las FFAA, y les pediria que me clarificaran exactamente a que equivale tu formación militar con la civil, BOEs que lo avalan y procedimiento administrativo a seguir para convalidar, entrada por registro y contestación oficial.
Creo saber que te lo tienen que aclarar bien, y si no es asi, vete al defensor del soldado, ya que las FFAA cuando se publicitan siempre le dan bombo a las equivalencia de su formación con la civil.
Una vez que tengas esa documentación haces las solicitudes pertinentes en Capitania Maritima, siguiendo el procedimiento, entrada por regristo y contestación oficial.
Asi puede que te esten peloteando un tiempo, pero seguro que se te aclara mejor el asunto de que es lo que te convalidan, tanto academicamente como "practicas".
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Re: Compatibilizar Títulos con las FFAA(Armada)

Mensaje por JMRC »

Hola buenos días a todos. Acabo de leer vuestros correos y veo que esto tiene gancho.
Lo que Defensa aclaró fué con Educación, no con Fomento. Ahí está la clave del problema, el problema está en nuestro lado, no en el de los guerreros; ellos no tienen la doble titulación como nosotros.
Lo que está claro es el nivel educativo a que se equiparan las "Clases" de marinería, en este caso la F.P. de grado medio y a que nivel el cuerpo de Suboficiales, que corresponde con el de Técnico Superior de F.P..
Luego viene el solicitar el Título Profesional, y aquí es donde viene el problema, donde empieza el "via crucis administrativo", al estar hablando de títulos de F.P. que fueron transferidos a las CC.AA. y los funcionarios de éstas no están tan "al loro" como los de la administración central (que tampoco es que lo estén mucho).
No es con el certificado de "practicas" con lo que se pide el título de FP corresondiente sino con el certificado de embarque: En Galicia, por ejemplo, el caso de este chaval Miguel, Sí lo están convalidando (desde hace poco) con el correspondiente de Técnico de Grado medio, y por lo tanto él ahora lo que tiene que pedir, en la "Xunta", es el título de Patrón de Litoral adjuntando ambas cosas: el título académico que le dió Defensa via Armada + los dias de mar como le llama él siguiendo la vieja denominación que desapareció con el Decreto del año 2000 sobre tarjetas profesionales donde se sustituía por "días de embarque".
Con el certificado de embarque valen todos los dias siempre que estuvieses dentro del barco, no como antes (lo digo porque lo viví, tanto en la marina Civil como el tiempo que estuve en la Marina Militar) que solo te valían de mar, osea navegando, y de los cuales solo te admitían 100 de singladuras menores de 24 horas, aparte que de buques militares solo te admitían 100 dias, con lo cual si hacías la mili de Alférez de Fragata embarcado no sacabas gran provecho, en nuestro caso para Oficial. En el caso de él antes solo convalidaban directamente con marinero de Competencia, y los dias de mar le valían todos, pero para el certificado académico de Patrón de Litoral de 1ª o Patrón de Cabotaje tenía que examinarse en la escuela de FP naútico-pesquera. Curiosamente con Sargento Maniobra o Señalero le convalidaban directamente con Patrón de Cabotaje y con Brigada Señalero con Patrón Mayor de Cabotaje.
Ando un poco liado con el trabajo y cuando llego a casa no tengo mucho tiempo, pero voy a buscar el BOE donde venían las convalidaciones (que sé que lo tengo), no solo de títulos sino también de certificados de especialidad como el de ARPA o Contra-Incendios (bueno ahora formación básica) y en cuanto lo encuentre lo cuelgo aquí (si puedo y/o me dejan).
Un saludo a todos.
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Re: Compatibilizar Títulos con las FFAA(Armada)

Mensaje por JMRC »

Más de lo que os decía antes, en Galicia se le convalida directamente con Patrón de Litoral; también habla de marinero de competencia, que fué sustituido por Marinero de puente.
(copiado tal cual me salió de la página de la Xunta).

Saludos a todos



Diario Oficial de Galicia
viernes, 18 de junio de 2004

III. OTRAS DISPOSICIONES

--------------------------------------------------------------------------------

Número do Dog:

117

Páxina do Dog:
8.728

Data da Disposición:
10 de junio de 2004


Sección:
III. OTRAS DISPOSICIONES

Organismo:
CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

Rango:
Orden

Título:

Orden de 10 de junio de 2004 por la que se convalida el itinerario formativo de determinados cursos de especialidad marítima impartidos por la Armada por los contenidos formativos para la obtención de determinados títulos profesionales náutico-pesqueros regulados en los reales decretos 662/1997, de 12 de mayo, y 930/1998, de 14 de mayo.


Orden de 10 de junio de 2004 por la que se convalida el itinerario formativo de determinados cursos de especialidad marítima impartidos por la Armada por los contenidos formativos para la obtención de determinados títulos profesionales náutico-pesqueros regulados en los reales decretos 662/1997, de 12 de mayo, y 930/1998, de 14 de mayo.

Si bien el artículo 149.1º.19 de la Constitución reserva al Estado la competencia para la formulación de las bases de ordenación del sector pesquero, el Real decreto 4189/1982, de 29 de septiembre, al amparo de la Constitución y el Estatuto de autonomía, traspasa a esta comunidad autónoma las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanzas profesionales en la modalidad de enseñanzas náutico-pesqueras.

La Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos tiene la competencia relativa a las enseñanzas de carácter náutico-pesqueras y a la expedición de los correspondientes títulos y tarjetas profesionales que le habiliten para el ejercicio de la profesión en el sector pesquero.

Por otra parte, la Armada proporciona una excelente formación profesional marítima, mejorando y completando su competencia como hombres de mar. Por ser de interés común para ambas partes dado el déficit de tripulaciones en los buques del sector pesquero, la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos debe favorecer la inserción laboral en el mundo de la pesca para los que decidan abandonar la profesión militar y mejorar las cualificaciones profesionales de los efectivos humanos vinculados a la Armada en Galicia.

Por todo lo expuesto, y una vez analizada la información, documentación y currículos proporcionados por la Armada, esta consellería

DISPONE:
Artículo 1º.-Objeto.
La presente orden tiene por objeto regular la convalidación de los contenidos formativos de las especialidades marítimas de maniobra y navegación, máquinas y hostelería que se imparten en los centros de la Armada, para los empleos de marinero, cabo y cabo primero, por los contenidos formativos para la obtención de títulos profesionales náutico-pesqueros, según el cuadro que se especifica en el anexo I de la presente orden.

Artículo 2º.-Reglas de procedimiento.
La convalidación se hará mediante resolución de la Dirección General de Innovación y Desarrollo Pesquero previa petición individualizada de cada interesado y siguiendo el modelo que figura en el anexo II de la presente orden.

Contra esta resolución se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante la Dirección General de Innovación y Desarrollo Pesquero en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente a la notificación o publicación de la citada resolución.

Artículo 3º
Junto con la solicitud de convalidación el interesado deberá presentar la siguiente documentación:

-Fotocopia compulsada del DNI.
-Certificación del jefe de estudios del centro en la que se especifique el empleo del interesado y la especialidad cursada.

Disposiciones finales
Primera.-Se faculta a la Dirección General de Innovación y Desarrollo Pesquero para dictar las resoluciones necesarias para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de junio de 2004.
Enrique César López Veiga
Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos

ANEXO I
Cuadro de convalidaciones de los contenidos formativos de la armada por los contenidos formativos para la obtención de títulos profesionales náutico-pesqueros.

Certificado de competencias marinero. (Requisito mínimo: certificado de estudios primarios o graduado escolar). Se les convalidará a todos los MPTM, de la Armada, previa certificación de la persona competente de haber superado las pruebas de natación y un año de servicio en la Armada.

Certificado de marinero-cocinero. (Requisito mínimo: certificado de estudios primarios o graduado escolar). Se les convalidará a todos los MPTM, de la especialidad de hostelería de la Armada, previa certificación de la persona competente de haber superado las pruebas de natación y un año de servicio en la Armada.

Patron local de pesca de las provincias marítimas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia. (Requisito mínimo: certificado de estudios primarios o graduado escolar). Para la convalidación, el interesado debe haber superado en su totalidad el plan de estudios de capacitación de ascenso a cabo de la especialidad de maniobra y navegación. Deberá realizar los días de embarque reglamentarios o certificar un año de embarque en unidades de la Armada posterior a haber obtenido el empleo de cabo. Es condición necesaria estar en posesión del certificado de competencia de marinero.

Patrón costero polivalente. (Requisito mínimo: certificado de estudios primarios o graduado escolar). Para la convalidación, el interesado deber haber superado en su totalidad el plan de estudios de capacitación de ascenso a cabo primero de la especialidad de maniobra y navegación, por lo que se le expedirá directamente la tarjeta profesional de patrón local de pesca. Para la obtención del patrón costero polivalente deberá realizar los días de embarque reglamentarios o certificar un año de embarque en unidades de la Armada posterior a haber obtenido el empleo de cabo primero. Es condición necesaria estar en posesión del certificado de competencia de marinero.


Empleo Requisitos Contenidos formativos convalidados



Marinero de cualquer especialidad Natación+1 año de servicio Certificado de competencia de marinero.


Marinero (HAM) Natación+1 año de servicio Certificado de competencia de marinero

Certificado de marinero-cocinero



Cabo 1 año de embarque como cabo Certificado de competencia de marinero

Patrón local de pesca


Cabo primero 1 año de embarque como cabo primero Certificado de competencia de marinero

Patrón local de pesca
Patrón costero polivalente
Patrón de 1ª clase de pesca de litoral
Mecánico naval de 1ª clase





-A los técnicos militares equivalentes a técnicos de grado medio en las especialidades de maniobra y navegación o máquinas, se les convalidarán los contenidos formativos de patrón de litoral o mecánico naval siempre y cuando acrediten al menos un año de embarque como cabos primero.

Con carácter transitorio:
A todos los cabos primero anteriores a este acuerdo, y sin necesidad de justificar la enseñanza secundaria

obligatoria (ESO) se les podrá convalidar su itinerario formativo por los contenidos necesarios para la obtención de los títulos de patrón de 1ª clase de pesca litoral (especialidad de maniobra y navegación), y la tarjeta profesional de mecánico naval de 1ª clase (especialidad de mecánico). Por esta vía, la solicitud de la tarjeta profesional sería hasta el 31 de diciembre de 2005 y la fecha tope para acreditar los días mar hasta el 31 de diciembre de 2008.

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
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Camu74
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Re: Compatibilizar Títulos con las FFAA(Armada)

Mensaje por Camu74 »

Buenas,

Soy nuevo por el foro y me gustaría rescatar este tema a ver si me aclaro un poco y de paso ayudar a alguien más con mis mismas dudas. Os cuento:

Como el compañero Miguel serví en la Armada desde el año 1993 hasta el 2001, embarqué de marinero y llegué hasta cabo 1 en la especialidad de motores y turbinas de gas. Dejé el servicio por razones que no vienen a cuento pero transcurridos todos estos años me veo en una situación complicada y me gustaría volver a embarcarme pero esta vez en la Marina Mercante.

Los estudios en la Armada los tengo convalidados en un certificado del 2002 del Ministerio de Educación con Técnico Auxiliar en Maquinas de la rama Maritimo-Pesquera y las singladuras por el Ministerio de Transporte y la Dir. general de la Marina Mercante. El curso de Hombre Clave en S.I. no lo tengo convalidado ni creo que se pueda. No lo sé.

Esta mañana he llamado a la Capitania Marítima de Málaga y un amable señor me ha dado unas directrices a seguir para obtener la equivalencia con Marinero de Maquinas de la MM, entre ellas:

El BOE del 13/01/04 página 1199 con la resolución de la MM para la equivalencia.

Tambien me ha dicho que debería dirigirme a mi escuela, la Escuela de especialidades de la Armada Antonio Escaño porque son ellos los que tienen que "volcar" la información de mis cursos a la Marina Mercante y si no, como ultimo recurso al Ministerio de Defensa.

El caso es que hoy es viernes y lo tendré que dejar para el lunes pero mirando por internet me encuentro con esto y me ha entrado el mosqueo:

http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELL ... ecialidad/

Ahí hay un enlace directo a la resolución y al acta que habría que cumplimentar.

Y... dice claramente que será para el personal de la Armada que haya superado los cursos a partir del 20 de noviembre del 2002. ¿¿¿??? Mi gozo en un pozo ¿Como puede ser esto así?

Si alguien puede aclararme algo o arrojar más luz sobre este tema se lo agradecería muchisimo.

Antonio
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